Ley de Austeridad y Ahorro, más racionalidad y menos banalidad

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El objetivo central de la propuesta es conseguir un ahorro que permita redirigir los recursos a inversión pública”

 

Este año comenzó a aplicarse la nueva Ley, una iniciativa de los Diputados Ciudadanos que permitirá hacer un uso más racional de los recursos públicos.

Este año se acabarán los regalos superfluos, los gastos innecesarios de asistentes y secretarios. Los vuelos en primera clase y las estancias en hoteles de super lujo. No habrá tampoco cartera abierta para gastos en celular, no más coches oficiales de lujo ni para uso privado, ni bonos extraordinarios, ni publicidad desmedida.

Luego de casi dos años de permanecer en la congeladora, el 30 de octubre el Congreso del Estado aprobó la Ley de Austeridad y Ahorro del Estado de Jalisco y sus Municipios, propuesta por los diputados de Movimiento Ciudadano, que obligará a los Poderes del Estado, así como a dependencias y entidades, organismos públicos autónomos, ayuntamientos, dependencias, organismo púlbicos intermunicipales y metropolitanos y a cualquier cualquier instancia que reciba o administre recursos públicos, a hacer un uso responsable de los recursos y a evitar el despilfarro. La ley, entrará en vigor este año.  

“Hoy los jaliscienses cuentan con una herramienta legal para exigirle cuentas a sus gobernantes y para exigirles que eviten el derroche”, aseguró Clemente Castañeda Hoeflich, coordinador de la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano en el Congreso. 

El objetivo central de la propuesta es conseguir un ahorro que permita redirigir los recursos a inversión pública. En 2014, Jalisco sólo destinó el 7.5% del presupuesto a inversión y el 92.4% a gasto operativo. El objetivo de la nueva Ley es obtener, mediante el ahorro y la austeridad, más de 3 mil millones de pesos, con lo que se incrementaría a 11% el porcentaje dedicado a inversión. Este recurso adicional permitiría, por ejemplo, construir 7 mil aulas o 400 centros de salud.

El objetivo no sólo fija criterios de austeridad, racionalidad y optimización del gasto público, sino también establece límites en rubros de gasto y sanciona el derroche.

A partir de ahora, todas las dependencias deberán elaborar un anteproyecto de presupuesto y un informe de austeridad donde se especifique el monto de lo ahorrado durante el año en gasto operativo.

Además, deberán presentar y difundir un Programa de Austeridad y Ahorro, publicar un Reglamento y un tabulador de viáticos.

De acuerdo al Artículo 36, las dependencias que incumplan con la nueva Ley, serán sancionadas en sus asignaciones presupuestales.

Adicionalmente, se premiará a los municipios que lleven a cabo correctamente su plan de austeridad con programas de capacitación, becas y otros estímulos definidos por la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, según el artículo 37.

APARTE

La Austeridad ahora será una obligación en Jalisco. Estos son los artículos más relevantes de la nueva Ley.

Artículos relevantes

Artículo 11. Queda prohibida la contratación de secretarios privados. Sólo podrán contar con estos servicios los titulares de los Poderes y quienes encabezan las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, los presidentes municipales y los titulares de los organismos autónomos.

Artículo 13. Los gastos en publicidad y comunicación de los sujetos obligados, por concepto de tiempos en radio y televisión, pautas en Internet y redes sociales, así como los espacios en prensa escrita... no podrán rebasar el cero punto tres por ciento de su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente.

Artículo 14. Los gastos en servicios profesionales, científicos, técnicos, de asesoría y otros equivalentes de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto, no podrán rebasar el cero punto uno por ciento del presupuesto total del sujeto obligado.

Artículo 23. El uso de los servicios de telefonía, tanto fija como móvil, se regulará mediante el establecimiento de un tabulador de cuotas que fije topes en función de las atribuciones, necesidades y responsabilidades de los servidores públicos, o elementos operativos.

Artículo 25. Los servidores públicos no podrán otorgar por ningún motivo regalos, obsequios o prebendas con cargo al erario público, salvo en el caso que por razones de protocolo así corresponda.

Artículo 26. El uso de vehículos se orientará exclusivamente a tareas oficiales y de servicio público.

Artículo 27. Queda prohibida la compra de vehículos automotores de lujo... Sólo se autorizará la compra de vehículos utilitarios, austeros y funcionales. 

Artículo 31. Por concepto de viajes, se prohíbe la adquisición de boletos en primera clase.

Artículo 32. En caso de requerir hospedaje, se evitará la contratación  de hoteles de lujo o gran turismo.

Más información en la web: diputadosciudadanos.mx/ley-antiderroche

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